DERECHO AL TRABAJO EN LA PANDEMIA COVID-19
¿Qué es el derecho al trabajo?
El derecho al trabajo es el derecho fundamental humano por el que toda persona tiene el derecho al trabajo, a la libre elección del mismo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, sin discriminación, con igualdad salarial, remuneración digna, protección social y derecho de sindicación.
Toda persona tiene
derecho al trabajo. El derecho al trabajo es la base para la realización de
otros derechos humanos y par una vida en dignidad. Incluye la oportunidad de
ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado. En la realización
progresiva de este derecho, los Estados están obligados a garantizar la
disponibilidad de orientación técnica y profesional, y a tomar las medidas
apropiadas para crear un entorno propicio para que existan oportunidades de
empleo productivo. Los Estados deben garantizar la no discriminación en relación
con todos los aspectos del trabajo. El trabajo forzoso está prohibido por el
derecho internacional.
Foto tomada de https://conectadosalcambio.com/del-derecho-al-trabajo-y-principios-en-los-que-se-sustenta-este-derecho.
“Artículo 25”
El trabajo
es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la
especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en
condiciones dignas y justas”
La Declaración
Universal de Derechos Humanos (1948), estableció:
“Artículo 23”
1. Toda persona tiene derecho al
trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y
satisfactorias de trabajo y a la protección del desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación
alguna. A igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social…
En el siguiente video vamos observar y entender de mejor manera...
El derecho al trabajo se reconoce en
las normas fundamentales de derechos humanos como son la Declaración Universal
de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
así como en textos internacionales como la Carta Social Europea, el Protocolo
de San Salvador, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y en
textos nacionales como son la Constitución de la República del Ecuador y el Código
del Trabajo entre otros.
En el ámbito nacional del Ecuador, los
principios de los trabajadores pueden ser enunciados como una legislación positiva
o jurisprudencia, son de orden público e irrenunciable para el trabajador, se
otorgan como mínimos de garantías.
En el artículo 326 de la República
del Ecuador establece que el derecho al trabajo se sustenta en los siguientes
principios:
1.El estado impulsara el pleno empleo y
la eliminación del subempleo y del
desempleo.
2.Toda persona rehabilitada después de
un accidente de trabajo o enfermedad, tendrá derecho a ser reintegrada al trabajo
y a mantener la relación laboral de acuerdo con la ley.
Foto tomada de https://www.desdetutrinchera.com/politica-en-cuba/empleo-o-trabajo/
Cabe recalcar que durante la pandemia se ha causado una crisis humanitaria irreparable. La pérdida importante de actividad económica y laboral ha generado una crisis económica y social muy difícil entre todas las personas y empresas. Muchas empresas se han ido a la banca rota y ahora están sin tener liquidez para pagar a sus trabajadores, ahora las personas están sin dinero y con un problema aun peor, el desempleo.
Durante esta época de pandemia muchas personas están regresando a sus labores, pero con mucho miedo de que pueda existir algún contagio y puedan estas personas ir a contagiar en sus hogares, en algunos casos las personas trabajan por menos de la mitad de su remuneración normal de trabajo, pero esto está muy mal esto ya que las personas cumplen un rol muy importante en su trabajo y por ende deben recibir una remuneración acorde a su esfuerzo.
Foto tomada de :https://www.rtve.es/noticias/20200410/gobierno-recomienda-usar-mascarillas-para-volver-trabajo-distribuira-transporte-publico/2011826.shtml
En todas las organizaciones laborales se dan constantes tensiones, en algunos casos en clase de exterioridad y que tienen que ver con dos clases de amenazas:
1.Las socioeconómicas: crisis políticas, económicas y sociales.
2.De la naturaleza: desastres por pandemia así como la que estamos viviendo a día de hoy.
Las presiones que vivimos a hoy producen que las entidades laborales sean demasiado frágiles sus relaciones con los trabajadores. Todo esto es producido por la crisis sanitaria en la cual estamos viviendo y sin saber nuestro futuro, si es que vamos a sobrevivir o no, o si es que tenemos un derecho a tener un trabajo honesto. La desocupación de hoy produciría un alto nivel de crisis ya que las empresas cierran y las personas tenemos derecho a un trabajo pero nadie puede ofrecérnoslo.




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